La propuesta del proyecto de decreto, que está firmado por Rafael Guarín, consejero presidencial para la Seguridad Nacional, establece que “las armas traumáticas se consideran armas de fuego”.
El decreto reglamentario incorporaría la siguiente definición:
Son armas de fuego “las armas traumáticas que utilicen como mecanismo de expulsión del proyectil la fuerza creada por expansión de los gases producidos por la combustión de una sustancia química”, indica el borrador del proyecto.
El proyecto establece que, en adelante, las civiles que tengan en su poder armas traumáticas tendrán que registrarlas ante las autoridades militares y de Policía y tramitar los permisos para la tenencia de este tipo de armas.
De igual manera, el proyecto aclara que “las solicitudes de permiso para porte de armas registradas en virtud de este artículo, se resolverán dentro del año siguiente al registro del arma” y en caso de que los poseedores que no quieran registrar, ni portar estas armas las podrán vender al Ministerio de Defensa.
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