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Manguito radicó proyecto de ley sobre libertad de cultos


El senador Jonatán Tamayo Pérez, conocido como Manguito, radicó ante la Secretaría General, un Proyecto de Ley que busca proteger y hacer valer el derecho a la libertad de culto, equidad e igualdad religiosa y cristiana, dándole respaldo a las minorías. La iniciativa pretende ajustar las condiciones de las organizaciones religiosas, en lo que corresponde a los convenios que hacen con entes del Gobierno y los beneficios tributarios.  

El legislador, al momento de la radicación manifestó: “Estos ajustes normativos deben ser soportados en la obra social que realizan a diario los servidores de las iglesias y el incalculable apoyo a la formación de nuestra sociedad. El Estado siempre estará en deuda con las instituciones religiosas, por la ayuda que estas ofrecen en todos los rincones del país, llegando a proteger y orientar en la salud mental de cada ciudadano”

La iniciativa legislativa se hace con el fin de aumentar el poder de presencia estatal social, en los territorios más golpeados por la pobreza y la violencia, mediante el reconocimiento del potencial de actividad social de las Iglesias Cristianas, que contribuya a la consolidación territorial de la soberanía, el apoyo a comunidades vulnerables, la refacción de economías y la cohesión estatal, al mismo tiempo que se permita la integralidad espiritual de quienes hacen parte de dichas congregaciones a través del derecho a realizar obras sociales con apoyo y reconocimiento del Estado. 

El presente proyecto inicialmente presentado con seis artículos, encaminados a buscar condiciones de igualdad en aspectos como, convenios de derecho público, donde el número de miembros no sea un aspecto preponderante, para que sea ponderado por el Ministerio del Interior a la hora de emitir su aprobación, y dejando de un lado las confesiones minoritarias, teniendo dicho limitante. 

Por otra parte, Tamayo expresó: “Aquí se deja claridad frente a la condición de entidades religiosas en cuanto a las exenciones de impuestos y contribuciones de carácter municipal. Además, se reconoce a la mancomunidad de Iglesias Cristianas sin importar sus distintas expresiones, como un actor social válido y capaz de interactuar socialmente en los territorios en las labores de apoyo al desarrollo y reconciliación humana dentro de dichos territorios”

Por tal motivo, el proyecto busca crear las condiciones de derecho público necesarias para reconocer igualitariamente a las distintas congregaciones religiosas cristianas, en la medida que los tiempos exigen, que la libertad de culto se abstraiga de las prácticas meramente espirituales y podamos expresarnos religiosamente en la acción social constructiva de país.  De la misma manera se pretende otorgar capacidad para realizar convenios interinstitucionales, y con entidades del Estado no solo a las confesiones religiosas más reconocidas o de mayor congregación. 

Principios fundamentales del proyecto

La presente Ley se regirá en el marco de los tratados internacionales de Derecho Público y de Derechos Humanos, los principios y normas constitucionales y las leyes que forman su marco jurídico predecesor y por los siguientes principios fundamentales tales como: 

- De Igualdad, no habrá discriminación entre congregaciones e iglesias humildes y poderosas a la hora de otorgar participación y beneficios. 

- Soberanía del Estado, que en ningún sentido las congregaciones que participen de la actividad pastoral social pueden promover actividades que vayan en contra de los fines del Estado y de integridad territorial de la Nación. 

- Respeto a la identidad indígena, que en su labor pastoral social profesen y practiquen respeto por las culturas creencias, valores de los pueblos indígenas. 

- Acción secular social, que no se confunda la labor de cooperación con el Estado, con la de instrumentalización religiosa del reconocimiento de Estado. 

- Cualificación, que para desarrollar tareas de intervención social acrediten idoneidad profesional para el ejercicio de dichas labores sociales. 

- Inclusión, que las iglesias pequeñas las razas los géneros tengan participación en dicha labor de manera igualitaria. Transparencia, manejo transparente de recursos. 

- Desarrollo Territorial, el fin de la presencia social principal es el desarrollo territorial. 

- Participación de las comunidades, que la comunidad mediante su participación tenga incidencia y participación en las decisiones dentro de los proyectos de acción social en sus respectivos territorios y Autonomía Territorial, frente a las comunidades e instituciones de un territorio. 

"Condiciones de derecho público necesarias para reconocer igualitariamente, a las distintas congregaciones religiosas", apuntó el legislador. 

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