Será de forma consecutiva desde las 6:00 de la mañana hasta las 12:00 de la noche y de acuerdo con el día calendario de cada mes desde hoy 10 de enero hasta el 15 de diciembre.
En enero la restricción regirá como aparece en la imagen gráfica:
Para aquellos que tienen restricción de tránsito y circulación según el último dígito de la placa nacional, podrán circular entre las 6:00 y las 8:00 de la mañana, la 1:00 y 2:00, y entre las 4:00 y las 5:00 de la tarde, solo para mantenimiento del vehículo en las siguientes condiciones:
1.Portar en los vidrios delantero y trasero del vehículo del taxi, un aviso plenamente visible e identificable que anuncie lo siguiente: ‘Fuera de servicio’
2.En el vehículo solo debe movilizarse el conductor.
Además, no habrá restricción para los taxis en cuatro días del año: “los taxis no tendrán restricción el 31 de octubre, con el fin de promover la reactivación económica y el turismo, y tampoco los días 2 de febrero para la jornada ‘Sin carro y sin moto’; el 3 de junio, ‘Día de la Bicicleta y la actividad física’ y el 22 de septiembre de 2023, ‘Día del Transporte Sostenible’, expresó el secretario de Movilidad, Mauricio Frías.
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